Noticias de CucharaoTenedor: Es una verdadera pena y un problema la cantidad de alimentos que se desperdicían a diario en cada casa, os damos una información de ayuda para que esto pase en la menor medida posible.
Fecha de caducidad y de consumo preferente de los alimentos
Este es un serio error en el que se incurre en gran medida en la actualidad, a todos los níveles. Y es que el serio problema del desperdicio de alimentos que se lleva a cabo en nuestra sociedad actual, aunque cada vez en menor medida, tanto por productores que han seguido duros planes comerciales, como por diferentes industrias alimentarias, comercios hosteleros, restaurantes y también por los mismos consumidores.
Se trian en demasiadas ocasiones alimentos y productos que se desechan solamente con la débil justificación de que está a punto de caducar…
Desde CucharaoTenedor queremos y pretendemos con este artículo servir como pequeño pero importante revulsivo, y si podemos abrir los ojos a la sociedad sobre una importante realidad que preocupa cada día más, el tirar alimentos a la basura sin estar aún en mal estado.
Es de gran importancia conocer en lo que puedes estar fallando, para así evitar tirar y desperdiciar muchos alimentos y buscar optimizar nuestra manera de hacer la compra, de almacenarla y de consumirla.
Para poder entender mejor en que consisten los códigos de la fecha de caducidad y de consumo preferente de los alimentos, de esos pequeños números que llevan los productos alimentarios impresos en su etiqueta, os vamos a explicar que es realmente la fecha de caducidad y la fecha de consumo preferente y cómo estas influyen en el consumo final de los alimentos.
Fecha de caducidad y fecha de consumo preferente
Es imoprtante explicar las diferencias entre estas dos fechas, ya que no representan el mismo concepto pero muchos ciudadanos no lo saben diferenciar como consumidores, y no tienen en cuenta esta diferencia entre ambas, generando así un mal uso de los alimentos con el triste y serio desenlace negativo de miles de kilos de alimentos tirados en la basura.
Po un lado está la fecha de caducidad, la cual se aplica a productos microbiológicamente muy perecederos, es decir que se estropean más rápido como son la leche, el yogur, las carnes y los productos envasados al vacío.
Estos por la mayor rapidez de perecimiento, pueden suponer un peligro para la salud tras un corto período de tiempo, por lo que los alimentos después de la fecha de caducidad no son adecuados para el consumo humano bajo el punto de vista sanitario, pero también está el sentido común sobre todo en carnes y otros alimentos donde con la vista y el olfato nos podemos también guiar.
Además, al ser traspasada esta fecha de caducidad imprimida en el envase de cada alimento o producto, el mismo puede dañarnos la salud, y si se hubiera llegado a esa fecha indicada de caducidad no habría que tomarlo.
Luego está la fecha de consumo preferente de los alimentos, la cual nos indica que al superarse esa fecha el producto ya no ofrece la calidad total que tendría que ofrecer en su estado óptimo.
Lo que si puede haber perdido o disminuido es alguna de sus características cualitativas, o podemos encontrarlo no del todo en su mejor grado de satisfacción para el usuario, porque han podido verse alteradas negativamente sus características organolépticas como el sabor, el olor o presentar un sabor rancio así como otras.
Eso si, es importante dejar claro que una vez pasada la fecha de consumo preferente, el alimento o producto es perfectamente comestible desde el punto de vista sanitario.
Este etiquetado se emplea en alimentos que contienen poca agua como son las legumbres, los cereales, las pastas, huevos, el aceite y todos los productos esterilizados.
Esta fecha de consumo preferente viene detalla de dos formas, como “Consumir preferentemente antes del…” cuando la fecha muestra el día y luego está la de “Consumir preferentemente antes del fin de…” en el resto de casos, por lo que debe verse claramente y en este orden el día, el mes y el año.
Para algunos productos de corta duración se indica solo el día y el mes, y en los que la duración es mayor de 3 meses y menor de 18, tendrán que mostrar el mes y el año, y en tercer caso los de una duración de más de 18 meses solo es necesario indicar el año.
Hay que recordar que es de obligado cumplimiento el que todo alimento, aunque existen varias excepciones, el que muestre en su etiquetado la fecha de duración mínima o la fecha de caducidad, ya que que no pueden usarse las dos al mismo tiempo en un mismo alimento.
En ambos casos estas leyendas nos muestran la que debemos tener en cuenta como fecha tope para poder comercializar ese alimento y ya no deberíamos verlo en supermercados.